«El Gobierno Nacional se ha propuesto equilibrar las cuentas públicas y eliminar el déficit primario a partir del año 2019 (…) en ese contexto, es necesario incrementar transitoriamente la alícuota de la tasa de estadística», reza el texto.
La tasa de estadística -que forma parte del Código Aduanero- permanecía en el 0,5% desde enero de 1998.
Esa tasa tiene por objetivo «contribuir al financiamiento de las actividades aduaneras vinculadas con la registración, cómputo y sistematización de la información de importación y exportación y contar con las estadísticas de comercio exterior en forma ágil y rápida».
Ahora, el Poder Ejecutivo indicó que «han pasado más de 20 años desde la reducción de la alícuota de la tasa de estadística y del establecimiento de su tope».
«En estas dos décadas, se han producido cambios tecnológicos, organizacionales y geopolíticos que modificaron sustancialmente el desarrollo de las tareas estadísticas sobre las importaciones», añadió.
Según el decreto, «las operaciones de comercio exterior requieren de actividades específicas del Estado nacional, las cuales comprenden registraciones, cómputos, sistematizaciones, fiscalizaciones, habilitaciones y certificaciones, entre otras tareas».