El aumento de las retenciones, impuestos provinciales y de las tasas viales redujo la rentabilidad en la producción agrícola, según un estudio realizado por la Sociedad Rural Argentina (SRA).

En un comunicado, la entidad rural mostró un estudio que se realizó para la campaña agrícola 2019/20 y que analiza las variaciones del componente impositivo para las decisiones de inversión entre los momentos de siembra y los de cosecha (este es el horizonte temporal en el que se realiza el negocio agrícola).

En el caso del trigo, el documento señala: “el cambio de reglas de juego encontró al productor con las decisiones de inversión ya tomadas. El productor al momento de sembrar estimó que los impuestos representarían un 88% de su resultado, y luego del cambio de reglas de juego, el peso de los impuestos pasó al 97%. Esto significa que para los que vendieron sus granos luego de cambio impositivo, los aumentos de impuestos le redujeron su resultado económico un 75%. Lo mismo le pasó al resto de los cultivos de invierno, como la cebada”.

Para el maíz consignaron: “el peso de los impuestos en el resultado del productor pasó de 81% en septiembre de 2019 a 94% en diciembre de 2019. Esto significa que, para los productores que vendan sus granos luego de los cambios impositivos, su resultado económico se verá reducido en un 68%, casi dos tercios del resultado que esperaba cuando sembró”.

En el caso de la soja, el informe puntualiza: “el peso de los impuestos en el resultado del productor pasó de 87% en septiembre de 2019 a 94% en diciembre de 2019. Esto significa que, para los productores que vendan sus granos luego de los cambios impositivos, su resultado económico se verá reducido en un 54%, un poco menos de la mitad del resultado que esperaba cuando sembró”.

El documento agrega: “las reglas de juego tributarias tuvieron un cambio significativo respecto de lo que ocurría al momento de la toma de decisiones empresariales de los productores, luego de la vuelta del DNU 37/2019, la modificación en los impuestos inmobiliarios provinciales y las nuevas tasas viales”.

La SRA destaca que “este análisis ha tomado las alícuotas de derechos de exportación vigentes hoy, que emanan del DNU 37/2019. Por lo tanto, no ha tomado los límites máximos de alícuotas legislada en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la Emergencia Pública”.