El Tribunal Fiscal de la Nación falló a favor de la demanda de una compañía cerealera que cuestionó la validez de los cambios en alícuotas de derechos de exportación sin el aval del Congreso nacional. La sentencia consideró que los ajustes en las retenciones dictaminadas por el Poder Ejecutivo sin mediación del parlamento son inconstitucionales.

Se trata de un reclamo denominado de “repetición” -devolución de importes- solicitado por la empresa Bunge Argentina en 2008. La compañía había reclamado por lo que consideró un impuesto mal cobrado al haber pagado al Estado una suma de derechos de exportación que habían sido aumentados sin ratificación legislativa.

La Sala F del Tribunal Fiscal de la Nación determinó que ese gravamen no fue correctamente cobrado ya que la falta de sanción del Congreso para esos aumentos tributarios “es contrario al principio de legalidad tributaria”, explicaron fuentes judiciales. El Tribunal, con los votos de los jueces Miguel Licht (en disidencia), Pablo Garbarino y Christian González Palazzo, recordó un fallo de la Corte Suprema de Justicia que había sentenciado en el caso Camaronera Patagónica, en 2014, que el incremento de alícuota por decisión del Poder Ejecutivo era inconstitucional en el caso de esa compañía.