El ministerio de Agricultura publicó hoy una Resolución en el Boletín Oficial, mediante la cual determinó que las empresas exportadoras deberán cumplir con la liquidación de divisas para seguir inscriptos en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial.

La eliminación del RUCA significa para las empresas del agro la imposibilidad realizar operaciones en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroindustriales. Más llano, que no pueden vender su producción ni a nivel local ni al exterior.

La resolución agrega que: “En el marco de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional con relación a la transparencia en la comercialización de las cadenas agropecuarias, la celeridad en los procesos de inscripción en los Registros Públicos, como así también cumplir con el principio de cooperación entre los órganos que componen el Estado, se advierte la necesidad de adecuar exigencias a los operadores obligados a inscribirse en el RUCA”.