Lo dispusieron en la Secretaría de Agroindustria y fue publicado hoy en el Boletín Oficial.
Las autoridades de la Secretaría de Agroindustria dispusieron reducir el peso mínimo de faena para hembras para que encuentren “oportunidades de abastecimiento de los mercados en condiciones económicas razonables que no afecten el libre juego de los mismos”.
Por medio de la resolución 74/19 –publicada hoy en el Boletín Oficial– se redujo a 140 kilogramos res con hueso el peso mínimo de faena para hembras, mientras que para machos se mantiene en 165 kilos res con hueso.
La norma indica que se exceptúan de esa exigencia “a los animales bovinos machos y hembras a los que por razones sanitarias o nutricionales les resulte imposible alcanzar el peso establecido precedentemente, siempre y cuando su destino comercial sea conserva y/o manufactura y/o chacinados, lo que deberá surgir de la documentación de traslado, faena y comercialización correspondiente”.
No se considerará infracción si hasta un 10% de las reses que componen la tropa se encuentra por debajo de los pesos mínimos. En el caso que se supere dicho porcentaje, sólo se considerará en infracción la cantidad de reses que sobrepase el porcentaje de tolerancia establecido.
En los fundamentos de la medida se señala que “desde el punto de vista de la producción ganadera, por razones propias de la biología, la conversión de alimentos a carne es menos eficiente en las hembras que en los machos” y que esa característica “hace imprescindible en el engorde de hembras cumplir con ciertas prácticas productivas y de alimentación sin las cuales se producen inadecuadas relaciones músculo/grasa tanto en la grasa de cobertura como intersticial”.
Además se indica que “estas prácticas introducen un costo adicional en la producción de hembras en relación a la de los machos” y que “en muchas zonas del país las características de los sistemas productivos hacen inviable la terminación de las hembras en las mismas condiciones y tiempos que los machos para alcanzar el mismo peso”.