La Secretaría de Agroindustria suspendió las matrículas porque registraban más de 180 días sin informar los movimientos productivos a través de declaraciones juradas.
La Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) detectó el incumplimiento y las intimó a regularizar la situación. Luego, procedió a la suspensión preventiva de las matrículas por no cumplir con el Régimen de información (C15) y no acreditar actividad por un lapso superior a 180 días, instancia para la cual la Resolución 21-E/2017 prevé la suspensión automática.
En ese sentido, Agroindustria recordó a los operadores la obligación de acreditar ante la DNCCA la compra de los Controladores de Molienda que establece el artículo 12° de la Ley 25.525, cuyo plazo venció el 14 de diciembre pasado y se analizan los procedimientos para la suspensión de aquellos que no hayan acreditado la adquisición en cualquiera de las nueve empresas habilitadas. Según datos de la Dirección, del 90% de la molienda total, el 80% de las firmas realizó la compra de equipos.
“Esta medida es el inicio de las determinaciones que tomará esta Dirección Nacional con respecto a la operatoria de la industria molinera, en línea con la entrada en vigencia de los Controladores Electrónicos de Molienda Trigo (CEMT), que permitirán un mejor monitoreo de la misma”, advirtió la cartera que conduce Luis Miguel Etchevehere.
Asimismo, aclaró que todas las medidas que tome serán remitidas a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para su mejor prosecución administrativa.