El Gobierno estableció que las salidas de carnes de los establecimientos de todo el país, destinadas a comercio minorista, solo podrán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos cuyos pesos individuales no superarán los 32 kilogramos.

Además, estableció que la forma de fraccionar las medias reses debe contemplar los cortes tradicionales, respetando la integridad anatómica de las piezas cárnicas, con la finalidad de mantener su valor monetario al momento de su comercialización en la carnicería, evitando afectar zonas donde se encuentran cortes apreciados por los consumidores.
La presente resolución, que dispone la obligación del troceo a partir del 1 de enero de 2022, a su vez, está en consonancia con la dictada por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que estableció el 16 de abril último que toda manipulación, transporte, distribución, carga y descarga de productos cárnicos, cuyo peso sea superior a los 32 kilogramos, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados.