El gobierno nacional oficializó este lunes la rebaja temporaria de la alícuota del derecho de exportación aplicado a productos del complejo sojero para embarques realizados hasta el próximo 31 de diciembre.

A partir de mañana martes 6 de octubre, según indica el decreto 790/20, las registraciones de Declaraciones Juradas de Ventas Externas (DJVE) de soja 2019/20 realizadas en el transcurso del presente mes de octubre abonarán un derecho de exportación del 30,0% del valor FOB, mientras en noviembre y diciembre próximos la alícuota será de 31,5% y 32,0% respectivamente para regresar al nivel previo del 33,0% a partir del 1 de enero de 2021.

En el caso de la harina y el aceite de soja a granel se aplicará también esquema de reducción progresiva, con la diferencia de que al 1 de enero de 2021 la alícuota quedará en un 31,0%, un nivel dos puntos inferior al vigente antes de la introducción de la rebaja temporaria.

El mismo criterio se aplicó para otros productos del complejo sojero. Por ejemplo, las preparaciones alimenticias para animales con balanceados que contengan soja en bolsas rotuladas de hasta 50 kilogramos, que hasta ahora estaban gravadas con una retención del 27,0%, en el presente mes de octubre la alícuota fue rebajada a 22,0% para luego aumentarla de manera progresiva hasta terminar en un 25,0% el 1 de enero del año que viene.

En los fundamentos del decreto 790/20 se indica que “la actual coyuntura económica y la necesidad de fortalecer la situación fiscal requieren la modificación de la alícuota del derecho de exportación para ciertas mercaderías”.

La medida pretende estimular un mayor volumen de registraciones de DJVE de productos del complejo sojero. A la fecha para el presente mes de octubre se declararon apenas 91.000 y 1.058.152 toneladas de poroto y harina de soja, respectivamente, según datos oficiales.