Los intendentes de las localidades portuarias santafesinas de San Lorenzo y Puerto General San Martín amenazaron con restringir la actividad en las terminales portuarias de ambas jurisdicciones.
Esta semana los intendentes de San Lorenzo, Leonardo Raimundo, de Puerto General San Martín, Carlos De Grandis, enviaron una carta de la subsecretaria de Calidad, Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud de la Nación, Judit Bazán, para solicitar que se refuercen los controles sanitarios en las terminales portuarias de ambos distritos, la cual no fue contestada porque esa subsecretaría no tiene injerencia en los asuntos portuarios.
“Las municipalidades de San Lorenzo y Puerto General San Martín hacen saber a las autoridades nacionales que no dejarán operar a ningún buque no cumpla cuarentena de 14 días”, indicó un comunicado publicado ayer por el municipio de San Lorenzo.
“Esta decisión está en línea con la carta que ambos mandatarios firmaron ayer junto a representantes de gremios de actividades marítimas y portuarias, en la que pidieron al gobierno nacional extremar los controles en los buques que llegan a los puertos de la región en el marco de la pandemia de coronavirus”, añadió.
El pedido cuenta con el acompañamiento de la Unión de Recibidores de Granos y Anexos (Urgara), el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, Trabajadores de SUPA de Puerto San Martín, Marina Mercante, Serenos de Buques, Seamara y Somu.
Retener un buque durante dos semanas, antes de permitir el ingreso al mismo a la terminal portuaria, implica en los hechos bloquear el funcionamiento del complejo portuario de la zona de influencia de Rosario, tanto por las complicaciones logísticas como por las pérdidas económicas generadas por las demoras.
Las compañías que cuentan con terminales portuarias en San Lorenzo son Asociación de Cooperativas Argentina (ACA), Molinos Agro y Vicentín (concursada), mientras que en Puerto General San Martín se encuentran ADM, Cofco y Terminal 6.
A comienzos de esta semana se restableció el libre acceso de camiones a las terminales portuarias de Timbúes luego de que las autoridades comunales de esa jurisdicción dejaran de aplicar restricciones para evitar el ingreso de vehículos.
El decreto presidencial 297/20 indica que existen actividades esenciales que quedan exceptuadas de la prohibición de circular durante la vigencia del “aislamiento obligatorio”, entre las cuales se incluyen las “vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca”, las “industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos” y “actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior”.