En consecuencia indicó que «por los motivos expuestos deviene necesario modificar transitoriamente las alícuotas de los derechos de exportación para determinadas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM) que forman parte de la cadena agroalimentaria».
Además señaló que «el artículo 52 de la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar los límites allí previstos».
De esta manera, las retenciones a la soja suben de 30% a 33%, pero las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; para el maní, de 12% a 7%; para la harina de trigo, de 9% a 7%; y para el girasol, de 12% a 7%, aunque para girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.
También bajan los derechos de exportación al maíz pisingallo, que se usa para pochoclo, de 9% a 5%; al arroz paddy, de 12% a 6%; y al arroz pulido, de 9% a 5%.
El esquema establecido por el Gobierno consistirá en destinar una parte de la recaudación adicional a la compensación de tres de cada cuatro productores de soja, siempre que su producción no haya superado las 1.000 toneladas en la campaña anterior.
Este beneficio, según datos oficiales, alcanzará a 42.406 productores que representan el 74,2% del total.
Los restantes 14.884 productores, con rindes por encima de las 1.000 toneladas, no recibirán compensación alguna.
Esta segmentación implicará que quienes producen hasta 100 toneladas, tributarán una retención del 21%; entre 100 y 200, el 24%; entre 201 y 300, el 27%; entre 301 y 400, el 28%; entre 401 y 500, 29%; y entre 501 y 1.000 toneladas, 30%