Desde hoy están vigentes las retenciones móviles para todos los productos a exportar.

Luego del anuncio de ayer, el gobierno nacional, por medio del decreto 793/18, implementó hasta el 31 de diciembre de 2020 un esquema de derechos de exportación móviles para todas las mercaderías argentinas.

El nuevo esquema, tal como anunció ayer el ministro de Hacienda Nicolás Dujovne, comprende una alícuota variable de 3,0 pesos por cada dólar del valor FOB de una serie de productos seleccionados, entre los cuales se incluyen las carnes bovina, porcina y avícola, menudencias, sebo bovino, embutidos, lácteos, pescados, té, yerba mate, harina de trigo, harina de maíz, sémola, almidón, malta, maní, cereales para desayuno, jugos de frutas, aceite de maní, aceite de oliva, aceite y pellets de girasol, aceite de maíz, conservas, azúcar, jarabe de glucosa, golosinas, pastas, panificados, levaduras, cerveza, vinos, alcohol etílico y preparaciones alimenticias para animales.

En otra categoría, en la cual están comprendidos los granos, la alícuota que se aplicará será de 4,0 pesos por cada dólar del valor FOB. La sorpresa es que, además de los commodities agrícolas, en el club del 4×1 también están incluidos muchos productos de economías regionales, tales como miel, hortalizas (papa, cebolla, etcétera), arroz, legumbres (arveja, garbanzo, porotos), aceitunas y frutas (cítricos, uvas, manzanas, peras, frutillas).

El decreto 793/18 además establece que en ningún caso la alícuota de la retención podrá superar un tope del 12,0% del valor FOB (algo que sólo sucedería en caso de que el tipo de cambio caiga por debajo de 32 $/u$s).